Denuncia al 9933989844… 🚩⚠️ ¡DG PEMEX PADILLA: Desde amonestación hasta rescisión no portar el EPP durante siniestro en refinería Olmeca! En @Pemex , no portar el Equipo de Protección Personal (EPP) se considera una falta grave que puede derivar desde amonestaciones hasta la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, máxime en una emergencia por incendio a como sucedió el pasado 10 de abril en la refinería Olmeca, Paraíso, Tabasco, cuando se prendió el coque en la fosa de almacenamiento. Una vez controlado el siniestro acudieron directivos entre los que se encontraba el director general de @Pemex , Víctor Rodríguez Padilla, quien no portaba casco de seguridad, llegó en tenis, pantalón y cinturón blanco. De acuerdo con el Reglamento de Seguridad e Higiene de Pemex y el Contrato Colectivo de Trabajo STPRM 2025-2027, las sanciones se dividen principalmente en tres categorías de medidas disciplinarias administrativas: 1.- Amonestaciones verbales o escritas: Generalmente aplicadas en la primera omisión si no hubo riesgo inminente. 2.- Suspensión en el trabajo: Puede implicar la suspensión de labores sin goce de sueldo ni prestaciones hasta por 8 días, dependiendo de la gravedad de la falta y si se trata de personal de confianza. 3.- Rescisión de Contrato: El incumplimiento de las normas de seguridad es causal de despido justificado bajo la Ley Federal del Trabajo y las cláusulas del CCT, ya que es una falta grave ignorar el uso de EPP en áreas operativas o de alto riesgo se clasifica como un acto que pone en peligro la seguridad del trabajador, de sus compañeros y de las instalaciones. La reincidencia si el trabajador ha sido sancionado previamente por la misma falta, el patrón tiene fundamentos sólidos para terminar la relación laboral de manera definitiva. En cuanto a la responsabilidad para la empresa y contratistas, si la falta de uso de EPP es consecuencia de que la empresa no lo proporcionó, las sanciones recaen sobre el patrón: 1.- Multas económicas: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puede imponer multas que van desde 250 hasta 5,000 UMAs por cada trabajador afectado. 2.- Clausura o Suspensión: En caso de riesgo inminente por falta de equipo adecuado, se puede ordenar la suspensión total o parcial de las actividades en el activo. Asimismo, las sanciones se rigen principalmente por el Reglamento de Seguridad e Higiene de @Pemex y el sistema @Pemex -SSPA (Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental), donde especifica el EPP. Por lo que la conducta del director genera de @Pemex , Víctor Rodríguez Padilla debe reportarse a la Unidad de Responsabilidades ¿quién es el o la valiente en @Pemex que procederá? Atención @Claudiashein @MarcelaVilleg15 @CNE_Mex @SENER_mx @GobiernoMX @FGRmexico @LuzElena_GE @ASF_Mexico @SCJN @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @IMPetroleo @SATMX @Hacienda_Mexico @BuenGobierno_mx @Centrofcrl #OIC #UIF #OmarReyesColmenares …Zas!!!
¡DG PEMEX PADILLA: DESDE AMONESTACIÓN HASTA RESCISIÓN NO PORTAR EL EPP DURANTE SINIESTRO EN REFINERÍA OLMECA!
